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Las bicicletas son vehículos, que pueden circular por las vías ciclistas o por la calzada. Las aceras y calles peatonales son exclusivas para peatones.
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Las bicicletas pueden circular por la calzada por debajo de los límites mínimos de velocidad (art. 19.5 Ley de Tráfico).
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Tu bicicleta puede circular utilizando la parte de calzada que sea imprescindible para garantizar tu seguridad (art. 15.1 Ley de Tráfico).
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Recuerda que debes guardar una distancia lateral para evitar el riesgo de choque con obstáculos laterales, en intersecciones o por apertura de puertas o marcha atrás de coches aparcados.
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Las bicicletas pueden circular en posición paralela, formando una columna de a dos (art 15.2 Ley de Tráfico y art. 36.2 Reglamento General de Circulación).
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No olvides que cuando un coche te adelante debe guardar una distancia lateral de seguridad con tu bici de al menos 1,5 metros (art. 34.4 y 37 Ley de Tráfico).
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El casco no es obligatorio para moverte en bici por la ciudad, salvo que seas menor de 16 años. (art. 47.1 Ley de Tráfico).
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Si circulas por la noche en la ciudad, recuerda que es obligatorio llevar: en la parte delantera, una luz de posición de color blanco; y en la trasera,otra de color rojo y un catadióptrico no triangular del mismo color.
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Recuerda que es obligatorio llevar timbre y que el uso de auriculares o móviles está prohibido.
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Las prendas reflectantes no son obligatorias por el día; solo lo son por la noche en vías interurbanas.